
Contestación de la Plataforma 2025 a las preguntas de la Comunidad de Madrid
La Plataforma 2025 como cualquier otra Asociación presentó ante el Ministerio del Interior (para tener legalidad a nivel nacional) y a la misma vez a la subdirección general de política interior y dirección general de seguridad consejería de medio ambiente agricultura e interior (Para tener legalidad a nivel regional si la anterior fuera denegada)
Ante los dos organismos y como es preceptivo, adjuntamos el acta fundacional y los estatutos.
Nuestra sorpresa viene cuando tras 4 meses, el ministerio del Interior nos legaliza la PLATAFORMA 2025 y la Comunidad de Madrid presidida por la Sra. Ayuso además de no concedernos la autorización nos pide unas subsanaciones ABSURDAS, a las cuales le hemos contestado como corresponde. Al final del resumen va el escrito completo de la contestación:
Primero nos dice que la Asociación PLATAFORMA 2025 no puede tener el domicilio Fiscal que le ponemos. (Es una nave industrial, con vigilancia y portero para recogida de documentación durante 24 hrs) a lo que le contestamos:
Primero.- Se facilitan, en la corrección que se aporta del ACTA FUNDACIONAL, los datos que sobre los domicilios de los firmantes solicitan así como el número de
habitaciones y baños de los domicilios reseñados de aquellos firmantes que han tenido a bien indicarlo. Cualquier otra cosita, nos la piden.
…El domicilio social de la Asociación es un almacén. No lo vamos a
cambiar porque es lo que necesitamos para almacenar libros, una de las actividades, creemos que legal, de la Asociación. Les rogamos nos indiquen donde pone que el domicilio social de una Asociación no puede ser un almacén, o un trastero, que, además, atiende el correo ordinario puntualmente y no solo por medios electrónicos, como ustedes, que no disponen ni de oficina abierta al público para atender al ciudadano que quiere inscribir una Asociación.
A continuación, nos indican que la necesidad de aclarar que queremos decir con la expresión «en contraposición a las leyes» del art. 2 de los Estatutos de la Plataforma 2025.
No podemos más que contestarles con sorna:
En primer lugar, les aclaramos que la expresión completa de los fines de nuestra Asociación es «el estudio de la historia reciente de España y su divulgación entre los españoles en contraposición a las leyes de memoria histórica». Una vez vean la expresión completa, les rogamos nos aclaren que parte de dicha expresión no pillan. Si nos lo requieren se aportará Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española.
(…) No vamos a modificar los Estatutos, como nos requieren, para indicar expresamente que «se cumplirá con la legislación vigente». Si no lo hacemos, estamos seguros de que el Estado español con su ordenamiento jurídico tomará las medidas oportunas. Hasta ese momento, como a todos los españoles, exigimos se nos otorgue la presunción de inocencia penal y administrativa.
Por lo demás, esperamos que ustedes cumplan el ordenamiento jurídico en vigor, las leyes, en lo referente a libertad de pensamiento, pluralismo político y libertad de expresión. En su escrito de respuesta a este, si lo hubiera por no procederse a la inmediata inscripción de la Asociación, les rogamos aclaren si van a cumplir la Constitución y nos lo indiquen expresamente.
A continuación, el escrito que hemos hecho a la Comunidad de Madrid y a su “aguerrida” presidenta: